El Boletín Oficial de Castilla y León publica la convocatoria de estas ayudas, que pretenden fomentar la celebración de competiciones, considerando también su impacto económico y turístico.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte mantiene el compromiso de apoyar la celebración de eventos deportivos en la Comunidad por su valor añadido en el impacto turístico y en la dinamización de los lugares donde se realizan, en especial las zonas rurales de Castilla y León. Por ello, el BOCyL publica hoy la apertura de la convocatoria para la organización de eventos deportivos extraordinarios de carácter nacional e internacional en la Comunidad, que cuenta con un presupuesto de un millón de euros.
Con esta iniciativa se pretende fomentar el apoyo a la celebración de eventos deportivos, mediante criterios que valoran especialmente el nivel competitivo, número de participantes, de jornadas, de ediciones, o el nivel de igualdad del evento, considerando también su impacto económico y turístico.
En el año 2024 fueron beneficiarias de esta convocatoria un total de 72 entidades distribuidas entre 51 clubes deportivos y 21 federaciones deportivas, subvencionándose un total de 146 eventos deportivos.
Contenido de la convocatoria
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los clubes deportivos y las federaciones deportivas de Castilla y León, siempre que estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad. El plazo de solicitudes para acceder a estas ayudas será de 15 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Las tramitaciones solo podrán presentarse mediante los formularios electrónicos disponibles en la sede electrónica .
Las actuaciones subvencionadas por esta convocatoria deberán haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Asimismo, deberán justificarse hasta el día 10 de noviembre de 2025 inclusive, salvo aquellos eventos deportivos que se ejecuten entre el 21 de octubre y el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive, que se justificarán dentro de los 15 días hábiles siguientes a su celebración.