A la delegación ya existente para la constitución de agrupaciones de municipios, se suma ahora también la de su disolución, lo que permitirá a las diputaciones provinciales tramitar y aprobar ambos procedimientos para el sostenimiento conjunto de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. Así, la Junta adapta la normativa autonómica a la regulación estatal vigente, y favorece una gestión más ágil y coherente de estos procedimientos en el medio rural.
El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de la Presidencia, la modificación del Decreto 256/1990, de 13 de diciembre, que regula la delegación del ejercicio de determinadas funciones de titularidad de la Comunidad Autónoma en las diputaciones provinciales de Castilla y León.
Se modifica, en concreto, el apartado que trata de la gestión de las agrupaciones de municipios para el sostenimiento conjunto de puestos reservados a estos funcionarios, mayoritariamente de la escala de secretaría-intervención, pero también de tesorería. Estos empleados públicos son esenciales en los pequeños municipios, ya que garantizan la fe pública en la prestación de los servicios locales y velan por la correcta ejecución del presupuesto municipal.
Hasta ahora, las diputaciones provinciales de Castilla y León tenían delegada únicamente la tramitación y aprobación de los expedientes de ‘constitución’ de agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común de puestos reservados a estos funcionarios. Con esta reforma, las diputaciones asumirán también la competencia para aprobar la ‘disolución’ de dichas agrupaciones.
La Junta considera que esta modificación aporta coherencia al modelo de gestión ya existente, al atribuir a una misma administración tanto la constitución como la disolución de estas agrupaciones municipales, lo que permitirá agilizar los procedimientos y facilitar la adaptación de la organización local a las necesidades de cada territorio.
Esta modificación, además, actualiza la normativa autonómica para adaptarla al vigente Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
El Decreto autonómico mantiene el ámbito de aplicación de esta delegación en los municipios de menos de 20.000 habitantes, y actualiza igualmente la denominación legal de estos funcionarios conforme a la normativa estatal vigente.
En la actualidad, existen 614 agrupaciones de municipios en Castilla y León, que engloban a 1.699 ayuntamientos (el 75% por ciento de los 2.248 ayuntamientos de la Comunidad). Cada una de estas agrupaciones están constituidas para el sostenimiento de uno de los puestos de funcionario local con habilitación nacional, manteniendo un 37% del total de los 1.643 puestos de este tipo que hay en el conjunto de Castilla y León.
La modificación de esta norma, que fue comprometida por el consejero de la Presidencia en las Cortes de Castilla y León, ha sido informada favorablemente por el Consejo de Cooperación Local, así como por la Comisión Mixta entre la Comunidad y las diputaciones provinciales.