En apenas 24 horas, el club burgalés que había sido sancionado por el Competición por alineación indebida ante Ordizia, ve como el Comité de Apelación estima sus alegaciones y deja sin efecto la sanción, lo que le permitirá jugar la semifinal por el título con Alcobendas el domingo a las 12.00 h., en San Amaro.
El Recoletas Rugby Burgos podrá jugar este domingo en San Amaro las semifinales por el título de Liga ante Alcobendas, después del fallo del Comité Nacional de Apelación de la Federación Española de Rugby que ha estimado las alegaciones presentadas por el club burgalés, tras ser sancionado por el Comité de Competición de Disciplina Deportiva por una presunta alineación indebida en el partido de cuartos de final ante Ordizia, disputado en San Amaro el pasado 10 de mayo.
Tras analizar el caso y el recurso de alegación presentado por el club burgalés que le sancionaba con la pérdida del partido ante el conjunto guipuzcoano, Apelación concluye que “la alineación indebida aquí denunciada no puede apreciarse de ninguna manera”.
La resolución desautoriza de esta forma el acuerdo del Comité de Disciplina de la Federación Española de Rugby, que había decretado la pérdida del encuentro de cuartos de final frente a Ordizia (se impuso Burgos por 17-13) por entender que el conjunto burgalés incumplía el mínimo de jugadores de categoría “A” (nacionales) que exige el reglamento.
La sanción hacía referencia al jugador del Recoletas Burgos, Pablo Rascón, cuya categoría aparecía inicialmente en el acta del partido como Ficha C (jugador extranjero) debido a una falta de actualización de su documentación tras un control aleatorio de fichas solicitado por la Federación Española.
Sin embargo, el Comité de Apelación considera acreditado que el jugador “era, es y será de categoría A”, subrayando que cumplía todos los requisitos materiales exigidos para competir en esa condición.
Apelación sostiene que no existió alineación indebida “en sentido material” y defiende que el objetivo de la normativa es proteger la limpieza de la competición, no sancionar errores administrativos o formales que no alteren el equilibrio deportivo. El órgano federativo también critica que se pretendiera modificar el resultado deportivo por un “mero incumplimiento formal subsanable”, calificando esa posibilidad de “terriblemente desproporcionada”.
Asimismo, recurre al principio ‘pro competicione’, según el cual debe prevalecer el resultado obtenido en el terreno de juego salvo que exista una infracción grave y claramente acreditada.
Por todo ello, el fallo del Comité de Apelación dice lo siguiente:
ESTIMAR el Recurso de Apelación interpuesto por APAREJADORES RUGBY BURGOS para anular el Punto 1 del Acuerdo del CNDD de 19.05.2026 en todo lo que afecta negativamente a los intereses del club recurrente, ordenando el archivo definitivo del procedimiento y el mantenimiento de su posición como semifinalista de la liga de DHA masculina al haber superado el partido de cuartos de final tanto deportiva como jurídicamente por las razones expuestas.
Consecuentemente con esta declaración, la medida cautelarísima solicitada, consistente en la suspensión de la ejecución de dicho Acuerdo del CNDD de 19 de mayo de 2026 (Punto 1) queda sin objeto.
Contra este acuerdo podrá interponerse Recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de quince días desde su recepción.
De este modo, el Recoletas Burgos podría jugar este domingo en San Amaro el partido de semifinales por el título ante Alcobendas a las 12.00 h., aunque si Ordizia decidiera interponer recurso ante el TAD, este encuentro tendría que aplazarse hasta su resolución.