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Lo que hay que saber si formas parte de una mesa electoral el 29-N

Lo que hay que saber si formas parte de una mesa electoral el 29-N

Actualizado 01/11/2026 09:27

Este miércoles el Ayuntamiento de la capital celebra el sorteo de los burgaleses que formarán parte de las mesas electorales para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre

El sorteo se realizará el miércoles, pero no será hasta después de tres días a partir del mismo, cuando los burgaleses conocerán si son miembros de una mesa, es decir, lo sabrán a partir del 6 de noviembre, tal y como recoge el digital S24H.

Cabe recordar que se elige un presidente y dos vocales por mesa electoral, así como los respectivos suplentes, y además los electores podrán presentar alegaciones en los siete días posteriores a ser notificados.

El presidente y los vocales de cada mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente, tienen que saber leer y escribir y ser menores de 70 años, si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días.

Impedimentos justificados

Los designados presidente y vocal de mesa disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo.

Los impedimentos y excusas justificadas se señalan en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la LOREG, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales.

La Junta resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente.

Si posteriormente cualquiera de los designados estuviera en imposibilidad de acudir al desempeño de su cargo, debe comunicarlo a la Junta de Zona, al menos 72 horas antes del acto al que debiera concurrir, aportando las justificaciones pertinentes.

Si el impedimento sobreviene después de ese plazo, el aviso a la Junta habrá de realizarse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la Mesa. En tales casos, la Junta comunica la sustitución al correspondiente suplente, si hay tiempo para hacerlo, y procede a nombrar a otro, si fuera preciso.