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Actualidad Burgos: Avanzan las obras de los vestuarios y la enfermería del Coliseum

Actualidad Burgos: Avanzan las obras de los vestuarios y la enfermería del Coliseum

Actualizado 03/05/2017 19:28
La inversión municipal es de medio millón de euros. Ha concluido el capítulo de demoliciones y actuaciones previas y se ha ejecutado el 66% de soleras. Queda por ejecutar la albañilería, carpintería y falsos techos, cerrajería, fontanería y electricidad.

Las dependencias destinadas a enfermería ocuparán una superficie útil aproximada de 217 m2 y los espacios destinados a vestuarios serían aproximadamente 344 m2 .

Las dependencias de la enfermería se han visto afectadas por las obras de rehabilitación especialmente por lo trabajos de ejecución de las cimentación de la nueva cubierta y los trabajos de refuerzo de la estructura, habiendo afectado en gran superficie. No se han llevado a cabo las obras de reposición y acondicionamiento. Se encuentran sin forjado de techos en algunas zonas, suprimida la distribución de gran parte de las dependencias, sin acabados, zonas sin soleras y sin pavimentos, sin instalaciones de electricidad ni agua y saneamiento y sin ventanas.

En similar situación se encuentra los espacios que se destinarán a grupo de vestuarios y aseos.

VESTUARIOS, ASEOS

LA INSTALACIÓN CONTARÁ COMO MÍNIMO CON UN VESTUARIO INDEPENDIENTE PARA CADA UNO DE LOS EQUIPOS Y PARA LOS ÁRBITROS.

a) El vestuario de los equipos no podrá ser inferior a 63 metros cuadrados, de los cuales 27 estarán destinados a servicios higiénico - sanitarios que constarán como mínimo de 2 WC, 6 duchas con agua caliente, que podrán ser individuales o colectivas, 2 lavabos y 2 urinarios.

a)

El vestuario tendrá bancos para un mínimo de 15 personas, colgadores y pizarra.

b) El vestuario para los árbitros no podrá tener una superficie inferior a 27 metros cuadrados, de los cuales 6 estarán destinados a los servicios higiénico - sanitarios que constarán como mínimo de 2 duchas con agua caliente, 1 WC y 1 lavabo. El vestuario deberá contar con un banco para un mínimo de 4 personas, colgadores, una mesa y sillas.

b)

El pavimento de los vestuarios deberá ser de un material antideslizante y con sumideros. En el suelo, delante de los bancos, se colocará una rejilla de madera, instalada de forma que permita una perfecta higiene.

Los vestuarios deberán estar convenientemente ventilados y acondicionados. Cada vestuario deberá contar con una camilla de exploración y/o tratamiento.

ENFERMERIA

Habría que atender la obligatoriedad de cumplimiento de la siguiente normativa:

* - Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

a) Centro sanitario: conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas. Los centros sanitarios pueden estar integrados por uno o varios servicios sanitarios, que constituyen su oferta asistencial.

a) Centro sanitario:

C.3 Servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria: servicios que realizan actividades sanitarias pero que están integrados en organizaciones cuya principal actividad no es sanitaria (prisión, empresa, balneario, plaza de toros, polideportivos, residencia de tercera edad, ,...)

C.3 Servicios sanitarios integrados

E.2 Botiquines: establecimientos sanitarios autorizados para la tenencia, conservación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios, por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad inmediata a una oficina de farmacia.

E.2 Botiquines:

- Decreto 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOCyL 29-06-2005).

La distribución del interior de la Enfermería cumplirá la normativa aplicable, según se define en el

- Real Decreto 1649/1997, de 31 de Octubre, por el que se regulan las Instalaciones Sanitarias y los Servicios Médico-Quirúrgicos en los Espectáculos Taurinos,

Y cuyo texto forma parte, como cuerpo legal, del Reglamento de Espectáculos Taurinos

- Real Decreto 146/1996, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos.

Además dicha normativa nacional, viene ratificada y por lo tanto la Enfermería, está afectada por los siguientes textos legales:

- Decreto 57/2008, de 21 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León.

- Decreto 25/2014, de 19 de junio, por el que se modifica el Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León.

- Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

- Decreto 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 29-06-2005).

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Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones para la distribución y el diseño de las instalaciones de las dependencias interiores:

- Pasillo distribuidor, que dará acceso a todas las dependencias interiores entre sí. También permitirá el acceso directo desde la Enfermería hasta el Ruedo y viceversa. Lo mismo desde el interior de la Enfermería hasta el exterior de la Plaza de Toros con el fin de facilitar la evacuación de los heridos.

- Pasillo distribuidor,

- Circuito exclusivo reservado para el traslado de los heridos entre las distintas dependencias internas de la Enfermería y posterior evacuación al exterior de la Plaza de Toros.

- Circuito exclusivo

- Sala de recepción de heridos, destinada para la recepción de los heridos, para la Observación Clínica, Diagnóstico Inicial, Tratamiento y Curas correspondientes.

- Sala de recepción de heridos

- Sala de esterilización y lavado de cirujanos. Esta Area de Lavado para Cirujanos, dispondrá de varios Lavabos con grifería geriátrica y monomando de pedal. Además también deberá contar con Instalación de Agua Corriente, y de un Depósito de A.C.S. (Agua Caliente Sanitaria), con caudal suficiente para lavado de Cirujanos e Instrumental Quirúrgico.

- Sala de esterilización y lavado de cirujanos.

El Area de Esterilización contendrá con Sistema de esterilización a Vapor, mediante Autoclave. Dispositivo de Ensobrado y Sellado de Instrumental Quirúrgico y zona de almacenamiento de material limpio y estéril.

- Quirófano/s. Dispondrá de las instalaciones propias para la Cirugía y Anestesia. En ella se instalarán, además, las tomas rápidas o válvulas de suministro de Gases Medicinales, que alimentarán los equipos y aparatos del quirófano. Contará con una Lámpara Quirúrgica Cenital de doble brazo, con giro 360º, desplazable en altura y reclinable a voluntad de los Facultativos. Así mismo dispondrá de una Area específica para la Farmacia Hospitalaria o Botiquín Farmacéutico.

- Quirófano/s

- Sala de reanimación y adaptación al medio. Servirá como Sala de despertar. En ella se llevará a cabo la Preparación de los heridos para la posterior evacuación a un Centro Hospitalario.

- Sala de reanimación y adaptación al medio.

- Sala de lavado del personal sanitario. Lavabos con secador de manos, y WC para señoras y caballeros, separados. Accesibles, ambos, para Minusválidos.

- Sala de lavado del personal sanitario.

- Despacho de Médicos. Guarda de Documentación Oficial, y equipamiento Informatizado. Así mismo servirá para atención a la prensa, a las Autoridades y a otras personas.

- Despacho de Médicos.- Sala de espera.- Dependencias auxiliares:

Una principal que albergará la Batería de Gases Medicinales y Fuente de Alimentación de Fluidos, para todas las Dependencias de la Enfermería.

Otra que permitirá la ubicación del Autogenerador de emergencia

Otra en la que se almacenará el Area de Depósito de Residuos Sanitarios Bio-peligrosos

Otra que servirá de Almacén general. Material de limpieza, etc.

Instalaciones sanitarias

  • Instalación eléctrica de alumbrado clínico. Instalación específica marcada con normativa propia.
  • Instalación eléctrica de alumbrado clínico. Instalación específica marcada con normativa propia.
    • Conexión con el sistema del Autogenerador de emergencia. Obligatoria para contrarrestar los cortes de energía eléctrica. El Coliseum cuenta con este grupo electrógeno.
  • Conexión con el sistema del Autogenerador de emergencia. Obligatoria para contrarrestar los cortes de energía eléctrica. El Coliseum cuenta con este grupo electrógeno.
    • Instalación de fontanería clínica. Instalación específica marcada con normativa propia.
  • Instalación de fontanería clínica. Instalación específica marcada con normativa propia.
    • Instalación de agua corriente. En las dependencias de Lavado y Esterilización y Lavabos y WC.
  • Instalación de agua corriente. En las dependencias de Lavado y Esterilización y Lavabos y WC.
    • Instalación de (ACS) agua caliente sanitaria. En Sala de Lavado y Esterilización.
  • Instalación de (ACS) agua caliente sanitaria. En Sala de Lavado y Esterilización.
    • Sistema de evacuación de aguas residuales. Depuradora. En salida de la red de desagüe.
  • Sistema de evacuación de aguas residuales. Depuradora. En salida de la red de desagüe.
    • Instalación de Gases Medicinales. En ambos Quirófanos, en Sala de Reconocimiento y Curas. En Sala de Despertar y Circuito cerrado de expulsión de fluidos en Quirófanos.
  • Instalación de Gases Medicinales. En ambos Quirófanos, en Sala de Reconocimiento y Curas. En Sala de Despertar y Circuito cerrado de expulsión de fluidos en Quirófanos.
    • Instalación de climatización.
  • Instalación de climatización.
    • Instalación de seguridad y contra incendios.
  • Instalación de seguridad y contra incendios.
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