El Consejo de Ministros aprobó la semana pasada el Real Decreto Ley 3/2021 que modifica el actual complemento de maternidad de las pensiones, tanto del Régimen General de Seguridad Social como de Clases Pasivas, pasando a denominarse complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.
CSIF valora que el nuevo complemento regula cuestiones que demanda desde hace tiempo, como que se aplicase desde el primer hijo, a los hombres y a las familias homoparentales, pero sigue sin reconocer a las pensiones de jubilación parcial.
Además, empeora cuantitativamente dicho complemento, puesto que antes se aplicaba porcentualmente por tramos (entre el 5 y el 15% de la pensión) en función del número de hijos/as y ahora se asigna una cantidad de 27? mensuales por hijo, lo que perjudica a las pensionistas que perciban una cantidad igual o superior a 1.100 ? mensuales.
Quienes, a la entrada en vigor de esta nueva regulación, estuvieran percibiendo el complemento por maternidad en virtud de la anterior regulación, podrán mantenerlo, pero será incompatible con el actual, pudiendo las personas interesadas optar entre uno u otro complemento.
En el caso de los hombres, para que puedan tener derecho al reconocimiento del complemento, deberán: