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El CSN aplaza una semana su decisión sobre la reapertura de Santa María de Garoña

El CSN aplaza una semana su decisión sobre la reapertura de Santa María de Garoña

Actualizado 01/02/2017 18:36
Los cinco miembros del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear han analizado en detalle los diferentes expedientes administrativos asociados al proceso de renovación de la autorización de explotación de la central nuclear Santa María de Garoña, tal como figura en el orden de día de la sesión de hoy, como puntos para la toma de decisión.

Con fecha 02/06/2014, el entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo solicitó el informe preceptivo del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), adjuntando la documentación correspondiente, y que según lo previsto en el artículo 28.1 del Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas, motivó que el Pleno del CSN, en su reunión del 30 de julio de 2014, acordase remitir al titular de la central, la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) de referencia CSN/ITC/SG/SMG/14/01, sobre la documentación y requisitos adicionales para la renovación de la autorización de explotación de la central nuclear Santa María de Garoña.

La evaluación, realizada de acuerdo a la guía elaborada específicamente para este proceso de autorización, ha supuesto la dedicación de unas 30.000 horas por 16 áreas técnicas del CSN, materializadas en un total de 167 informes de evaluación, 20 actas de inspección y 23 actas de reunión.

Autorización de protección física

De acuerdo con el artículo 13.1 del Real Decreto 1308/2011 sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, los titulares de las instalaciones nucleares deberán solicitar la autorización de protección física en el momento de solicitar la autorización de explotación. La autorización de protección física se otorgará, en su caso, por el mismo plazo de validez por el que se conceda dicha autorización de explotación, y forma parte de los expedientes revisados e incluidos para toma de decisión en el orden día de la sesión del pleno de hoy.

El CSN ha realizado la evaluación de la revisión 7B del Plan de Protección Física, que ha sido presenta como soporte de la solicitud de renovación de la autorización de protección física, de acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto 1308/2011, e incluye adicionalmente su adaptación a la Guía de Seguridad 8.2 del CSN y la incorporación del Almacén Temporal Individualizado (ATI).

Modificaciones de diseño requeridas

De igual forma, en la sesión de hoy, los miembros del Pleno han examinado las evaluaciones realizadas sobre modificaciones de diseño de la central para las que se ha establecido un proceso de licencia específico, tal como la puesta en servicio de un nuevo Sistema de Tratamiento de Gases de Reserva (SBGTS), que fue requerida como una condición derivada del proceso de la revisión de la normativa de aplicación condicionada (NAC) en el informe que emitió el CSN en 2009 y que figura en el punto 20 de la ITC/14.01. En este expediente, el CSN ha evaluado las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento Mejoradas (ETFM) y del Estudio de Seguridad (ES) asociadas a esta modificación de diseño.

La modificación de diseño comprende cuatro fases:

a) Construcción del nuevo edificio con muros de hormigón armado de clase sísmica 1 que alberga este sistema de tratamiento de gases.

b) Montaje del sistema de reserva de tratamiento de gases, formado por dos trenes o líneas redundantes e independientes, del 100% de capacidad cada uno, compuesto de unidades extractoras e impulsoras, que filtran y descargan el aire de contención secundaria a la chimenea de descarga de gases. Los componentes mecánicos de este nuevo sistema SBGTS están clasificados como relacionados con la seguridad y clase sísmica 1. Los componentes eléctricos y de instrumentación están clasificados como clase IE.

c) Instalación del sistema de ventilación del nuevo edificio, clasificado como no relacionado con la seguridad.

d) Instalación de los servicios auxiliares

El órgano colegiado formado por el presidente y los cuatro consejeros no ha adoptado decisión alguna, habiendo sido solicitado el aplazamiento del debate y toma de decisión, por uno de sus consejeros. El Pleno del CSN proseguirá con el estudio y toma en consideración de estos expedientes en su próxima sesión.