El plan sectorial aprobado por el Decreto recurrido ha sido un importante revulsivo en el desarrollo de la estructura de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento en nuestra Comunidad, que a partir del mismo avanza de forma decidida por acción de las Diputaciones Provinciales y otras Administraciones Locales con el apoyo económico de la Junta de Castilla y León.
La sentencia estima algunos motivos del recurso formulado en relación, en primer lugar, a la memoria económica de la norma. Por otro lado, la sentencia, siendo conforme con la posición de la Administración en cuanto a la singularidad y regulación específica del voluntariado de protección civil dentro de la figura genérica del voluntario, sin embargo disiente del papel que se confiere a dicho personal en relación a la configuración y funcionalidad de los parques de bomberos tipos 3a) y 3b) del Decreto.
La sentencia dictada no es firme, y por ello no afecta a la vigencia y eficacia del Decreto impugnado hasta que lo sea, resolución que será objeto de estudio por la Junta de Castilla y León y también por sus Servicios Jurídicos a fin de determinar su alcance, contenido y aceptación o no de los criterios e interpretaciones en ella contenidos, de cuyo análisis derivará el eventual recurso de casación que puede interponerse contra la misma.