De la Rosa ha recordado que esta modificación fue aprobada por unanimidad en el Pleno del Ayuntamiento de febrero de 2021 y que, tres meses más tarde, fue la Junta de Castilla y León la combatió al Consistorio presentando un recurso y alegando contra esta modificación. Se produce entonces la sentencia estimatoria favorable a la Junta que indica que las restricciones no estaban justificadas desde la perspectiva de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, replicando el recurso de la Junta.
De la RosaEl Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León establece que son las comunidades autónomas a las que se les atribuye las competencias en materia de casinos, juegos y apuestas sobre la planificación urbanística; es decir, que los Ayuntamientos no pueden generar planeamiento y regular usos sin antes pedir permiso a la Junta.
El recurso presentado por el Ayuntamiento de Burgos insistía que la modificación del PG aprobada respetaba la competencia de la comunidad en materia de juego, así como respetaba la Normativa Autonómica de Juego, apuntando que en las zonas no residenciales podía seguir autorizando la Junta a la apertura de nuevos salones de juego.
En una nueva sentencia en la que se resuelve el recurso, el Supremo da la razón al Ayuntamiento en que pueden intervenir en materia de planeamiento, quitando razón a la Junta. Sin embargo, en una nueva sentencia el TSJ declara no válida la modificación del PG, por lo que el PSOE elevará al Pleno del mes de septiembre una proposición para modificar la Ley y restringir la apertura de nuevos locales en zonas residenciales.