El recibo de la luz se va a incrementar con motivo de la actualización de los costes de comercialización, puesto que el importe fijado por el Gobierno (cuatro euros por kilovatio contratado al año) fue declarado nulo por el Tribunal Supremo. Sentencia como consecuencia del recurso interpuesto por Gas Natural Fenosa e Iberdrola al considerar que el margen de comercialización propuesto por el Gobierno era insuficiente para cubrir los gastos en que incurren las empresas que deben ofrecer la tarifa regulada.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha elaborado un informe por el cual los costes de explotación (sin incluir los costes de captación y fidelización de clientes y la retribución por la actividad) serían de 5,24 ?/kW, 4,93 ?/kW y 6,46 ?/kW para los clientes acogidos a los peajes 2.0 A, 2.0 DHA y 2.0 DHS, respectivamente. Es decir, anualmente supondría un importe de 21,31 euros, 26,06 y 31,56, o lo que es lo mismo, entre cuatro y diez euros más al año.
La Ley del Sector Eléctrico establece que en la factura del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), y en la Tarifa de Último Recurso (TUR) según la Ley de Hidrocarburos, debe incluirse el coste de la energía eléctrica, los peajes de acceso y cargos que correspondan y los costes de comercialización que correspondan. Ahí se encuadran los coste de captación y fidelización de clientes, coste de contratación, coste de facturación y cobro, coste de atención al cliente, costes financieros, costes de estructura, impuestos y retribución por la actividad.