En origen, se trata de un hombre mayor de edad y sin antecedentes penales que se dedicaba al tráfico de cocaína. En el mes de noviembre la Policía Nacional le intervino dos envoltorios de cocaína con un peso total de 14'85 gramos al 49,5% de pureza, que llevaba en el asiento trasero de su vehículo, que utilizaba para la venta de la droga.
Este tráfico, según la sentencia judicial, lo efectuaba desde que llegó al país en octubre de 2021, procedente de Colombia, junto a su hermano, cuya residencia habitual estaba en Quintanilla Vivar (Burgos).
En el registro de la vivienda se intervinieron cuatro bolsitas de plástico con cocaína, con un peso de 253'98 gramos al 80,4% de pureza, 9'59 gramos al 73'86% de pureza, 15'97 gramos al 78'76% de pureza y 63'80 gramos al 78'84 % de pureza. También se intervino cafeína, tres básculas de precisión, recortes de plástico y precinto fleje que tenía para el corte, pesaje y preparación de las dosis.
La cocaína intervenida en el domicilio hubiera tenido un precio de 26.224'48 euros .
Por estos hechos, el Juzgado de Instrucción número 3 de Burgos ha condenado a uno de los acusados (que llegó a España en octubre) a la pena de tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 5.000 euros, con un día de privación de libertad subsidiario por cada 100 euros de multa o fracción impagados, y costas procesales.
Asimismo, en base al artículo 89 del Código Penal, se acuerda la sustitución total de la pena de prisión impuesta por la expulsión del territorio nacional, sin que el acusado pueda regresar a España en un plazo de 10 años, contados desde la fecha de su expulsión, y, en todo caso, mientras no haya prescrito la pena.
Con respecto a su hermano, "con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, atenuante analógica de drogadicción", le condenan a la pena de tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 40.000 euros, con cuatro meses de privación de libertad subsidiarios en caso de impago, y costas procesales.