El Equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Burgos ha solicitado, a un día de que se celebre el Pleno del Ayuntamiento donde se debatirá la aprobación o no del nuevo Convenio del Consorcio del Desvío Ferroviario, tres informes a Asesoría Jurídica, a Secretaría General y a la Intervención General del Ayuntamiento, para conocer cuál sería el resultado en caso de que se llevara a cabo la disolución del Consorcio.
Estos son los tres informes remitidos por el Ayuntamiento de Burgos:
En este informe jurídico se dice que el nuevo Convenio propuesto constituye un instrumento de saneamiento del Consorcio para la Gestión de la Variante Ferroviaria de Burgos y que con ese documento se persigue establecer una previsión de venta de sus activos inmobiliarios en un plazo razonable de 15 años para poder cumplir así con la obligación de devolución de las deudas financieras contraídas.
También se apunta que en virtud de este Convenio, el Ayuntamiento de Burgos debe asumir unas obligaciones ciertas y concretas en orden a posibilitar la reestructuración de esas deudas con el fin de evitar la disolución del Consorcio, y con ello, un escenario de consecuencias inciertas.
El escrito del Secretario concluye que si el Pleno del Ayuntamiento no aprueba este viernes el Convenio, no tiene porqué procederse, de forma automática a la disolución del Consorcio ya que solo podría darse en el caso de concurrir y de verificarse las causas de extinción previstas en el artículo 17 de los Estatutos que son:
- Por decisión del Ayuntamiento de Burgos debidamente notificada al resto de entidades consorciadas.
- Por el mutuo acuerdo de los entes consorciados.
- Por imposibilidad legal o material de realizar el objeto.
- Por el cumplimiento y finalización de su objeto.
Sin embargo, en el informe el Secretario advierte de que si no se aprueba el Nuevo Convenio se produciría una situación de riesgo muy importante para el Consorcio especialmente en el caso de que las Entidades Financieras acreedoras no mostraran su avenencia a una nueva negociación de la deuda o en el supuesto de que no dieran su conformidad a un hipotético nuevo Convenio de reestructuración de los contratos de financiación.
Todo esto, concluye el Secretario, llevaría inexorablemente a la extinción por imposibilidad material, e incluso legal, de realización de los fines y objetivos del Consorcio. En ese supuesto, se precisaría un acuerdo de disolución entre los consorciados.
En definitiva, a juicio de la Secretaría General, el Consorcio para la Gestión de la variante ferroviaria de Burgos está en grave situación de inviabilidad financiera y en riesgo de disolución, con la situación de incertidumbre que se genera, entre otras, en lo que respecta al mantenimiento de la continuidad de la actividad y consecución de los objetivos de este ente asociativo que está configurado en sus Estatutos como entidad instrumental de la administración urbanística municipal.
Este documento comienza manifestando que según los datos del propio Consejo Rector del Consorcio los compromisos de pago para el ejercicio 2016 ascienden a 38.500.000 de euros sin garantía hipotecaria concluyendo que si el Consorcio no logra la reestructuración de su deuda financiera para garantizar el equilibrio y sostenibilidad de sus finanzas, a través de la aprobación de un Plan de REEQUILIBRIO, el Consorcio deberá adoptar el acuerdo de disolución, por imposibilidad manifiesta de realizar los fines para los que se constituyó, iniciándose la apertura de la fase de liquidación.
El escrito termina con las siguientes conclusiones:
- Si concurre alguna causa de disolución del Consorcio como pudiera ser la imposibilidad legal o material de realizar el objetivo para el que fue creado o si fuera imposible cumplir el objetivo o los fines con el patrimonio propio, debe procederse a la disolución de dicho Consorcio.
- Dicho informe jurídico va más lejos al manifestar que la disolución del Consorcio en el caso anterior es decisión del propio Consorcio y no del Ayuntamiento