El Ayuntamiento de Burgos ha abierto el plazo para que las asociaciones vecinales y generales de la ciudad puedan presentar sus candidaturas a las Juntas Municipales de Distrito, tal y como ha señalado el concejal de Participación Ciudadana, José Antonio Antón.
El edil, que ha detallado la Hoja de Ruta que es necesario seguir para que los distritos estén operativos a principios del próximo año, ha destacado que estas asociaciones tienen de plazo para presentar a sus candidatos hasta el 25 de octubre, mientras que los vecinos a título particular lo podrán hacer hasta el 5 de diciembre.
Estas entidades y los vecinos podrán presentar sus candidaturas para la Junta de Distrito en el Servicio de Atención Ciudadana 010 a través de cualquiera de sus canales existentes, o en el Registro Municipal. Por su parte los grupos políticos con representación municipal designarán representantes para cada Distrito antes del 25de octubre.
Según establece el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Distritos Municipales, las asociaciones que presenten su candidatura deberán cumplir con algunos requisitos básicos como la presentación de una breve Memoria de Actividades, contar con un año mínimo desde su fundación y estar inscritas en el registro de Asociaciones.
Posteriormente, el Ayuntamiento ha establecido una serie de reuniones para poner en común las candidaturas de las Entidades para que en caso de existir más que las necesarias se someta a diálogo y votación.
De este modo, los días 25, 26, 27 de octubre, y el 2 y 3 de noviembre se celebrarán reuniones de los representantes de los Distritos Periférico, Oeste, Centro-Norte, Sur y Este respectivamente, para abordar este asunto.
José Antonio Antón ha apuntado que en el Pleno Municipal de Noviembre se nombrarán a los representantes de las asociaciones y en el de diciembre a los ciudadanos a título individual en las Juntas de Distrito.
Será en el mes de Diciembre cuando se lleve a cabo la Formación de las Juntas de Distrito, mientras que en el mes de Enero se celebrará la Sesión constitutiva de distrito.
Tal y como figura en el Reglamento de Organización de los Distritos, una vez que entren en funcionamiento tendrán la capacidad de decidir hasta un 20% del capítulo de inversiones que se engloba dentro del presupuesto municipal. Cada Junta de Distrito podrá estar compuesta hasta por un máximo de 30 miembros, de los cuales cuatro serán vecinos particulares.