Éste jueves 1 de octubre entra en vigor la modificacion del Reglamento General de Circulación que afecta a la movilidad de VMP (patinetes eléctricos), bicicletas, Motos, normas específicas en zonas urbanas, etc.
Los cambios afectan directamente a quienes conducen patinetes eléctricos, van en bicicleta o circulan en moto, además de introducir varias normas generales para situaciones de nieve, atascos y estacionamiento de autocaravanas. Si estás preparando el carnet de conducir, esto es lo que necesitas saber antes de que la nueva normativa entre en vigor.
A partir de octubre, conducir un patinete eléctrico tendrá requisitos más estrictos:
-Edad mínima de 15 años para poder conducir un VMP.
-Casco obligatorio para todos los conductores, sin excepción.
-Chaleco reflectante obligatorio de noche o en condiciones de escasa visibilidad.
-Los riders (repartidores que circulan en VMP) deberán llevar chaleco reflectante siempre, de día y de noche.
-Alumbrado encendido en todo momento, tanto de día como de noche.
-Fuera de poblado, los patinetes solo podrán circular por carriles bici o vías ciclistas. Queda prohibido circular por el arcén o el resto de la calzada fuera de poblado.
Las bicicletas también quedan sujetas a nuevas obligaciones:
-Los riders que repartan en bicicleta deberán llevar casco y chaleco reflectante obligatorios.
-Al adelantar a un ciclista fuera de poblado, el conductor deberá reducir la velocidad máxima permitida de la vía en 20 km/h durante la maniobra.
Dentro de poblado, habrá que mantener una distancia frontal mínima de 5 metros con el ciclista que circula delante.
El bloque de motoristas incluye varias obligaciones nuevas, tanto para el conductor como para el pasajero:
-Guantes obligatorios fuera de poblado, para conductor y pasajero.
-Calzado cerrado obligatorio: queda prohibido circular en moto con chanclas o calzado abierto.
-Chaleco reflectante obligatorio como equipamiento de a bordo.
-Los riders que reparten en moto deberán llevar chaleco reflectante siempre.
-En caso de atasco o congestión, las motos podrán circular por el arcén a 30 km/h, siempre que la maniobra esté regulada y señalizada. Es una de las medidas más esperadas por el colectivo motorista.
Además de los tres bloques anteriores, el Real Decreto introduce cambios que afectan a cualquier conductor:
-Nieve en autopista o autovía: queda prohibido adelantar y circular por el carril izquierdo, que deberá quedar libre para las máquinas quitanieves y los servicios de emergencia.
-Atascos: será obligatorio dejar un espacio central libre (el llamado corredor o carril de emergencia), apartándose hacia los lados para facilitar el paso de los servicios de asistencia.
-Vehículos inmovilizados en la vía: al rebasarlos habrá que dejar 1,5 metros de distancia y reducir la velocidad en 20 km/h respecto a la máxima de la vía, para proteger a los operarios o conductores detenidos.
-Autocaravanas: se regula por primera vez a nivel estatal la diferencia entre estacionar y acampar, aclarando una zona gris que generaba multas dispares según la localidad.